Con ocasión del reciente lanzamiento del proceso soberanista por parte del Presidente de la Generalidad de Cataluña, Artur Mas, se ha iniciado un interesante debate político sobre la existencia o conveniencia de un Derecho a Decidir, aún insuficientemente perfilado, pero inequívocamente orientado al ejercicio de la autodeterminación nacional.
Desde las instancias oficiales españolas se ha respondido fundamentalmente con argumentos de naturaleza jurídica, recordando que ni el derecho nacional ni el internacional proporcionan una base legal para el ejercicio de la autodeterminación nacional (salvo en el marco del proceso de descolonización, en el que, efectivamente, Cataluña no se inscribe). También se ha respondido que la independencia unilateral de Cataluña supondría su autoexclusión legal la Unión Europea, a la que actualmente pertenece por vía del Tratado de Adhesión de España.
Desde el realismo político, debe reconocerse la validez de estos argumentos, sin que quepa fingir su desconocimiento, ni apelar a supuestas dudas razonables, que no existen. Pero en una sociedad democrática, en la que un segmento significativo de la población alberga una aspiración política legítima, no basta con esgrimir argumentos jurídicos. El Parlamento tiene la facultad de cambiar las leyes, al menos las nacionales, por lo que es obligado oponer argumentos políticos de igual o superior valor. Cuando esa aspiración tiene, además, una fundamentación democrática—y este es el caso, ya que se concreta en una consulta a la ciudadanía por vía de sufragio universal—sólo cabe oponer argumentos de igual o superior valor democrático. Si no se hace, se empobrece la calidad de la democracia, y se genera desafección ciudadana.
Uno de los pocos argumentos democráticos apuntados en contra de la iniciativa de Artur Mas es que el conjunto de la ciudadanía española también tiene interés en esta cuestión—ya que su comunidad nacional puede quedar alterada—por lo que, de celebrarse un referéndum, se dice, debería celebrarse en toda España. No es un argumento despreciable porque defiende intereses que son legítimos, pero, en la práctica, supondría negar toda opción real a la ciudadanía catalana. Hay, por tanto, dos intereses legítimos pero incompatibles, y eso obliga a elegir.
Cuando se contrastan ambos intereses, lo primero que resalta es su asimetría. Por un lado está el interés en decidir quién pertenece a la comunidad política; por otro, está el interés de decidir a qué comunidad política pertenece uno. No hay duda de que este segundo interés es más íntimo y fundamental, por lo que, siguiendo una razón democrática, debería prevalecer. No parece haber duda de que es la opción menos injusta.
Sin embargo, el proceso soberanista planteado por el Presidente Mas muestra otra asimetría fundamental, y es la falta de reciprocidad, característica de los derechos democráticos. Si un ciudadano tiene libertad de expresión, debe reconocer a los demás la misma libertad. Si un partido político accede al poder por vía de unas elecciones convocadas por el rival, deberá, al término de su mandato, convocar unas elecciones que den a su rival la misma oportunidad. Cuando esa reciprocidad se niega, se quiebra el pacto básico que subyace a la democracia. Así ocurrió, por ejemplo, en las elecciones generales de Argelia de 1991, en las que la oposición islamista anunció que, de ganar las elecciones, acabaría con los procesos electorales, ya que la democracia era, a su entender, ‘blasfema’. Fueron muchos los demócratas que, con buen criterio, señalaron que, en esas condiciones, no debía reconocerse el triunfo electoral islamista.
El proceso soberanista catalán, planteado en los términos del Presidente Mas, adolece de falta de reciprocidad, porque, de perder el referéndum, nada le impedirá convocar otro (y otro, y otro, como ha ocurrido en Quebec). Y de ganarlo, obtendría la independencia definitiva de Cataluña, sin que una reversión posterior del sentimiento nacional tenga canales establecidos para una reintegración en España. Y a esta falta de reciprocidad se suma otra: el no reconocimiento a los municipios catalanes de la libertad de seguir formando parte de España si esa es la voluntad democrática mayoritaria expresada en el referéndum. Así pues, se exige de una entidad política mayor (el Estado) el derecho a decidir la secesión, y se niega ese mismo derecho a las entidades políticas menores (los municipios).
De estas consideraciones se infiere la necesidad de definir un modelo general de autodeterminación que sea verdaderamente democrático, en el sentido de que reconozca equilibradamente los derechos democráticos de todas las partes implicadas. La clave estaría un configurar un referéndum de doble nivel, que permitiese no sólo la autodeterminación respecto al Estado, sino también respecto de la entidad que estaría ejerciendo la autodeterminación. En el caso de Cataluña, se resumiría en dos reglas sencillas:
1. Si en el referéndum celebrado en Cataluña hay una mayoría en favor de la secesión, se formará un Estado independiente catalán.
2. Aquellos municipios donde haya una mayoría contraria a la secesión permanecerán integrados en España.
El proceso podría reproducirse a nivel de municipio, aunque sería en una fase posterior, y es posible no tuviera la suficiente demanda.
La crítica previsible a este sistema es que dejaría como resultado un territorio balcanizado y políticamente inviable. A eso cabe responder que no se produciría ese resultado si el cuerpo electoral consultado expresara una voluntad prácticamente unánime (de más de un 90%, por ejemplo), como cabría esperar de una población maltratada, o muy diferenciada culturalmente. Sólo si la voluntad de la población está dividida se producirá esa división territorial, y está bien que así sea, porque será entonces un reflejo democrático de la realidad.
Lo más probable es que un resultado semejante forzase, por su inviabilidad práctica, la negociación de una fórmula de compromiso que integrase los intereses esenciales de las partes, y en función de su respectivo peso. El resultado sería una solución democrática.
Con estos elementos podría definirse, en suma, un Derecho a Decidir que fuera verdaderamente democrático. El proceso lanzado por el Presidente Mas no reúne los requisitos para merecer este calificativo, ya que niega a las demás entidades implicadas (Estado y municipios) el derecho que reclama para sí. Lo que Mas exige es, en realidad, un Privilegio de Decidir, y los privilegios tienen difícil encaje en las sociedades democráticas.
Es de prever que desde posiciones nacionalistas se rechace este modelo de autodeterminación democrática invocando la esencia indisoluble de la nación catalana, mientras se seguirá negando toda esencialidad a España y a los municipios. Pero el modelo aquí propuesto se ha construido únicamente a partir de principios democráticos, haciendo abstracción de las categorías políticas de Estado, nación, y soberanía, plasmados en los textos legales. Si se ha prescindido de estas categorías cuando están jurídicamente objetivadas, con tanta mayor razón habrá de prescindirse de ellas cuando son sólo conceptualizaciones subjetivas.
Esta es, al menos, la posición que cabe esperar de un demócrata coherente. Confiamos en que en Cataluña haya multitud de ciudadanos con una sincera voluntad democrática, por lo que les animamos a que aborden la definición de su identidad desde esta coherencia democrática.




